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Diez días después de su arresto por conducir bajo los efectos del alcohol en DC

Después de que una persona haya sido arrestada en un Cargo por DUI en DCPor lo general, tendrán su audiencia de lectura de cargos entre tres y cuatro semanas después de su liberación por citación. En los primeros 10 días después de un arresto, hay algunas cosas importantes que un acusado puede hacer para poder comprender mejor su situación y ponerse en la mejor posición posible para defenderse.

Revisar documentos de publicación

Lo primero que una persona debe hacer después de un arresto por un cargo de DUI es tomar nota de los límites de tiempo específicos y los documentos urgentes al ser liberada de la estación de policía. Por lo general, se le entregan varios documentos diferentes, el primero de los cuales es una citación para comparecer a la lectura de cargos del caso penal en el Tribunal Superior de DC.

Lo más probable es que a una persona también se le entregue una segunda hoja de papel del DMV de DC que dice “aviso oficial de revocación propuesta.” Este aviso le dice a una persona que ha sido arrestada que enfrenta una posible revocación de sus privilegios de conducir como resultado de su arresto por DUI. Este aviso también le indicaría a una persona que tiene un período de tiempo específico en el que puede programar una audiencia para impugnar la revocación de sus privilegios de conducir.

Programación de una audiencia del DMV

Esa audiencia está completamente separada del lado penal del caso ya que en DC, un juez penal no tiene control sobre los privilegios de conducir de una persona. El plazo para programar una audiencia para impugnar la revocación de los privilegios de conducir de una persona es de 10 días para una persona con licencia DC o de 15 días para una persona con licencia no DC.

Si una persona no solicita una audiencia dentro del período de tiempo especificado, en ese momento se le revocarán los privilegios de conducir y no podrá conducir. Una persona que haya programado una audiencia dentro de esos 10 a 15 días puede tener privilegios de conducir completos hasta la fecha de la audiencia.

Si tiene una licencia de DC, dentro de los 10 días, debe notificar la revocación propuesta junto con cualquier otro documento recibido de la policía tras su liberación al departamento de adjudicación del DMV de DC en 301 C Street, Northwest, Sala 1157. En el DMV, una persona puede solicitar que se programe una audiencia del DMV en algún momento después de su comparecencia inicial ante el tribunal por el cargo penal de DUI. Después de que una persona haya programado la audiencia del DMV, sus privilegios de conducir estarán en buen estado hasta la audiencia del DMV. Dado que ese aviso del DMV contiene una limitación de tiempo específica en la que una persona puede solicitar una audiencia del DMV, eso debería ser lo primero que haga una persona al ser liberada. Esto debe suceder dentro de los 10 días para una persona con una licencia de DC o dentro de los 15 días si tiene una licencia que no es de DC.

Si una persona a la que se le ha proporcionado un aviso de revocación propuesta no programa una audiencia, entonces los privilegios de conducir de esa persona dentro del Distrito de Columbia serían revocados automáticamente una vez transcurrido el período de tiempo asignado para programar una audiencia. Si una persona tiene una licencia de DC, entonces la revocación de la licencia de conducir significaría que la persona no podría conducir en DC ni en ningún otro lugar hasta que transcurra el período de revocación. Si una persona no tiene una licencia de DC, entonces el DMV de DC solo tiene el poder de revocar la capacidad de esa persona para conducir dentro del Distrito de Columbia.

Programa de tratamiento del alcohol

La tercera cosa que una persona debería considerar hacer es inscribirse en un programa de educación o tratamiento sobre el alcohol, preferiblemente dentro de los primeros 10 días o lo antes posible. Incluso si una persona nunca ha sido arrestada o no cree que tenga un problema con el alcohol, inscribirse en el programa de alcohol adecuado puede ser útil en una comparecencia inicial ante el tribunal y también cuando su abogado defensor analiza su caso con los fiscales o el juez en audiencias posteriores.

Impugnación de una licencia

En una audiencia del DMV de DC, se requeriría la presencia de un oficial de policía para proporcionar evidencia que demuestre que hay evidencia clara y convincente de que una persona conducía bajo la influencia del alcohol.

Este estándar es inferior al estándar para condenar a una persona por el delito de conducir bajo los efectos del alcohol en el Tribunal Superior. No obstante, una persona tiene derecho a que un abogado la represente en una audiencia de revocación de licencia del DMV de DC. Su abogado puede impugnar la evidencia presentada por el oficial de policía y presentar argumentos al examinador de audiencias del DMV de DC de que no hay pruebas suficientes para poder revocar los derechos y privilegios de la persona.

Esos desafíos pueden basarse en la insuficiencia de las pruebas de sobriedad de campo, la falta de resultados de toxicología o de aliento o la falta de comparecencia de un oficial de policía a la audiencia del DMV.

Si una persona ha sido condenada en el Tribunal Superior de DC, entonces la revocación por parte del DMV de DC de los privilegios de conducir de una persona dentro del Distrito de Columbia es obligatoria y no hay forma de impugnar esa revocación.

Papel de un abogado

Durante esos primeros 10 días después de un arresto, una persona puede hablar con un abogado especializado en DUI para obtener información sobre programas aceptables de tratamiento educativo sobre el alcohol antes de inscribirse. De esa manera, una persona no corre el riesgo de inscribirse en un programa que puede no ser considerado aceptable ni para el DMV de DC ni para el Tribunal Superior de DC.

Si una persona se enfrenta a la revocación de sus privilegios de conducir como resultado de un arresto por DUI, entonces esos períodos de revocación han sido y actualmente se consideran obligatorios. Esto significa que, en una primera infracción por DUI, una persona enfrenta un período obligatorio de revocación de licencia de seis meses. Una persona que enfrenta un DUI posterior enfrenta un período de revocación de licencia de dos años. Estos plazos de revocación no han cambiado en muchos años.

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